Objetivo

Organizar y dirigir la administración de los recursos humanos, materiales y financieros a cargo del Instituto, con claridad y transparencia, acorde a las políticas de austeridad, racionalidad, eficiencia y eficacia, atendiendo las necesidades administrativas del organismo en tiempo y forma

Funciones:

    Planear, organizar, dirigir y controlar las acciones estratégicas de la Dirección Ejecutiva de Administración.

    Aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto.

    Ejecutar los sistemas administrativos para el ejercicio y control del presupuesto.

    Intervenir en los convenios y contratos en los que el Instituto sea parte y que afecte su presupuesto, así como los demás documentos que impliquen actos administrativos, conforme a la normatividad aplicable.

    Suministrar los bienes y servicios necesarios para el desarrollo de las actividades de las diferentes áreas del Instituto.

    Acordar y autorizar con el Secretario Ejecutivo los movimientos nominales del personal del Instituto.

    Coordinar la elaboración de Estados Financieros y Presupuestales del Instituto.

    Autorizar de manera conjunta con el/la Secretario(a) Ejecutivo(a) el pago de las remuneraciones al personal con base en el tabulador de sueldos autorizado.
    Otorgar los servicios generales a las diversas áreas del Instituto, tales como, mensajería, correspondencia, vigilancia, transporte, intendencia, limpieza, mantenimiento y otros, que se requieren para el buen funcionamiento del Instituto.

    Vigilar el cumplimiento del pago de las contribuciones federales, estatales, municipales y cuotas obrero-patronales en tiempo y forma.

    Establecer mecanismos de control de los bienes muebles e inmuebles, a cargo del Instituto.

    Coordinar las actividades para el otorgamiento de recursos humanos, financieros y materiales a los Consejos Distritales y Municipales, en procesos electorales.

    Informar mensualmente la situación financiera y presupuestal del Instituto, de acuerdo a la normatividad establecida.   

    Coordinar la elaboración de la cuenta pública de manera trimestral y remitirla a la dependencia normativa.

    Coordinar y consolidar el anteproyecto de Presupuesto de Egresos anual del Instituto.

    Someter a consideración de la Junta General Ejecutiva el Presupuesto Anual Autorizado y en su caso proponer y realizar las adecuaciones necesarias.

    Proveer el pago de conformidad a los montos aprobados por el Consejo General respecto al financiamiento público de los Partidos Políticos

    Proporcionar la Información Pública requerida a la Unidad de Transparencia para los efectos que procedan, en relación a sus actividades.

    Fungir como Secretario Técnico de la Comisión Especial de Administración y del Comité de Adquisiciones.
    Atender y vigilar el seguimiento de los acuerdos, convenios y disposiciones emitidos por el INE, en lo competente a la Dirección Ejecutiva de Administración para su puntual cumplimiento.

    Contribuir en la elaboración de la Memoria Electoral del Instituto.

    Participar en la elaboración del programa de actividades del año que corresponda.

    Las demás que determinen las disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Titular de la Secretaria Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia.

 

2025 Informes Contables y Financieros 
Formatos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDF)

 

1er. TRIMESTRE 2025


AYUDAS Y SUBSIDIOS
los importes cuentan con retenciónes y son importes acumulados al cierre presupuestal

LDF

 

 

2024 Informes Contables y Financieros 
Formatos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDF)

 

4o. TRIMESTRE 2024


AYUDAS Y SUBSIDIOS
los importes cuentan con retenciónes y son importes acumulados al cierre presupuestal

LDF

INFORMACIÓN CONTABLE

  

INFORMACIÓN PRESUPUESTAL



3er. TRIMESTRE 2024


AYUDAS Y SUBSIDIOS
los importes cuentan con retenciónes y son importes acumulados al cierre presupuestal al 30 de junio de 2024


LDF


INFORMACIÓN PRESUPUESTAL



INFORMACIÓN CONTABLE


2do. TRIMESTRE 2024

AYUDAS Y SUBSIDIOS
los importes cuentan con retenciónes y son importes acumulados al cierre presupuestal al 30 de junio de 2024



LDF


INFORMACIÓN PRESUPUESTAL


INFORMACIÓN CONTABLE



1o. TRIMESTRE 2024

LDF



INFORMACIÓN PRESUPUESTAL


INFORMACIÓN CONTABLE


 

2023 Informes Contables y Financieros 
Formatos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDF)
 

4o. TRIMESTRE 2023

LDF



INFORMACIÓN PRESUPUESTAL


INFORMACIÓN CONTABLE



3er. TRIMESTRE 2023

LDF



INFORMACIÓN PRESUPUESTAL


INFORMACIÓN CONTABLE


2do. TRIMESTRE 2023

LDF


INFORMACIÓN PRESUPUESTAL


INFORMACIÓN CONTABLE



1er. TRIMESTRE 2023

LDF

INFORMACIÓN PRESUPUESTAL



INFORMACIÓN CONTABLE

 

2022 Informes Contables y Financieros 



2021 Informes Contables y Financieros 

 

2020 Informes Contables y Financieros 

 

2019 Informes Contables y Financieros 


 

Con fecha 29 de junio de 2016, publica en el Periódico Oficial del Estado, número 244, Tomo III, Decreto número 232, la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Elecciones y Participación Ciudadana. Entre las cuales, la creación de la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana.

Con las siguientes atribuciones, Artículo 156 bis C.E y P.C.

I. Elaborar y proponer a la Comisión de Participación Ciudadana, los programas de capacitación en materia de Participación Ciudadana, así como el contenido de los planes de estudio, materiales, manuales e instructivos de educación, capacitación, asesoría y comunicación de los Órganos de Representación Ciudadana, Organizaciones Ciudadanas, y ciudadanía en general;

II. Instrumentar los programas en materia de Participación Ciudadana;

III. Elaborar y proponer a la Comisión de Participación Ciudadana, los proyectos de convocatoria que deba emitir el Instituto Electoral, con motivo del desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana previstos en la legislación aplicable;

IV. Coordinar las procedimientos de participación ciudadana; y

V. Las demás que le confiera este código y la normatividad aplicable.

Objetivo

Llevar la representación legal y defensa jurídica del Instituto ante los tribunales jurisdiccionales y autoridades administrativas, así como brindar las asesorías y asistencia en la materia jurídica a los Órganos Administrativos y Desconcentrados del IEPC en materia jurídica; auxiliar en la substanciación de los Procedimientos Administrativos Sancionadores, así como apoyar en la elaboración de proyectos normativos e instrumentos jurídicos.

Funciones:

  • Planear, organizar, dirigir y controlar las acciones estratégicas de la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso.
  • Auxiliar al Secretario Ejecutivo y a los órganos e instancias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana en la prestación de servicios de asesoría sobre la normatividad en general y la electoral en particular.
  • Apoyar a los Órganos Administrativos del Instituto con la asesoría que le sea requerida.
  • Apoyar al Secretario Ejecutivo del Instituto de Elecciones y participación Ciudadana en la realización de las tareas de las comisiones del Organismo Electoral.
  • Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo del IEPC en los trámites y substanciación de los medios de impugnación y de las quejas que se presenten.
  • Dirigir la tramitación y sustanciación de los medios de impugnación, así como el seguimiento a las resoluciones que emita la autoridad electoral.
  • Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo del IEPC en la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores.
  • Atender y resolver las consultas sobre la aplicación del Código de Elecciones y Participación Ciudadana que al Secretario Ejecutivo le formulen las Comisiones y los diversos órganos del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, con el objeto de conformar criterios de interpretación legal y, en su caso, precedentes a observar.
  • Implantar los mecanismos de coordinación con las dependencias, entidades o instancias con las que por necesidades del servicio y sus programas específicos, obliguen a relacionarse, previo acuerdo del Secretario Ejecutivo de este Instituto.
  • Auxiliar a las Direcciones y órganos operativos, técnicos y administrativos del Instituto de Elecciones de Elecciones y Participación Ciudadana en la formulación de proyectos de reglamentos, lineamientos, acuerdos, convenios y contratos relativos a los asuntos de sus respectivas competencias, para el mejor desempeño de las atribuciones.
  • Formular proyectos de reglamentos y acuerdos relacionados con la actividad electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
  • Elaborar los contratos o convenios en que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana intervenga.
  • Tramitar y sustanciar los procedimientos de remoción en contra de los Presidentes, Secretarios Técnicos y Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Municipales, conforme a la normatividad que emita el Consejo General del Instituto de Elecciones de Elecciones y Participación Ciudadana, y demás disposiciones legales aplicables.
  • Brindar las asesorías jurídicas y asistencia legal a los órganos operativos, técnicos, administrativos y desconcentrados, así como participar en diversas gestiones.
  • Supervisar y analizar la formulación de notificaciones, acuerdos, dictámenes y resoluciones del IEPC.
  • Coordinar y dar seguimiento al cumplimiento de las resoluciones que dicte la autoridad Jurisdiccional, respecto a la interposición de Juicios de Revisión Constitucional o contra la resolución de la autoridad electoral.
  • Representar a la Institución en los juicios laborales y administrativos que se presenten.
  • Coordinar la elaboración de los manuales de procedimientos para la atención de medios de impugnación en materia electoral que se llegaran a presentar en los Distritos Electorales y Municipales.
  • Supervisar los procesos de atención de quejas y denuncias, así como analizar la formulación de dictámenes y resoluciones.
  • Dirigir los preceptos legales en materia electoral.
  • Formular y coordinar los mecanismos legales en materia electoral que se relacionen con el IEPC, las dependencias y organismos gubernamentales.
  • Supervisar y dar seguimiento a la elaboración de reglamentos, acuerdos, contratos, convenios, manuales y lineamientos relacionados en materia electoral del IEPC.
  • Asesorar y participar en el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones Arrendamientos y Contratación de Servicios por parte del Instituto.
  • Fungir como Secretario Técnico en la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias de este Instituto.
  • Participar como vocal en el Comité para el Control de las Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
  • Atender y vigilar el seguimiento de los acuerdos, convenios y disposiciones emitidos por el INE, en lo competente a la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso, para su puntual cumplimiento.
  • Contribuir en la elaboración de la Memoria Electoral del Instituto.
  • Participar en la elaboración del anteproyecto del presupuesto de Egresos del ejercicio que corresponda.
  • Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual de la Dirección Ejecutiva, del año que corresponda.
  • Las demás que determinen las disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el titular de la Secretaria Ejecutiva de este Organismo Electoral, dentro del ámbito de su competencia.

Atribuciones.

Artículo 95.

1. La Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso tendrá las siguientes atribuciones:

I. Auxiliar al Secretario Ejecutivo y a los órganos e instancias del Instituto de Elecciones en la prestación de servicios de asesoría sobre la normatividad en general y la electoral en particular;

II. Apoyar a todas las áreas del Instituto de Elecciones con la asesoría que le sea requerida;

III. Apoyar al Secretario Ejecutivo en la realización de las tareas de las comisiones;

IV. Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo en el trámite y substanciación de los medios de impugnación y de las quejas que se presenten;

V. Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo en la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores;

VI. Atender y resolver las consultas sobre la aplicación del Código que al Secretario Ejecutivo le formulen las Comisiones y los diversos órganos del Instituto de Elecciones, con el objeto de conformar criterios de interpretación legal y, en su caso, precedentes a observar;

VII. Implantar los mecanismos de coordinación con las dependencias, entidades o instancias con las que por necesidades del servicio y sus programas específicos, obliguen a relacionarse, previo acuerdo del Secretario Ejecutivo;

VIII. Auxiliar a las Direcciones y órganos operativos, técnicos y administrativos del Instituto de Elecciones en la formulación de proyectos de reglamentos, lineamientos, acuerdos, convenios y contratos relativos a los asuntos de sus respectivas competencias, para el mejor desempeño de las atribuciones de las áreas;

IX. Formular proyectos de reglamentos y acuerdos relacionados con la actividad electoral;

X. Elaborar los contratos o convenios en que el Instituto de Elecciones sea parte;

XI. Tramitar y sustanciar los procedimientos de remoción en contra de los Presidentes, Secretarios Técnicos y Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Municipales, conforme a la normatividad que emita el Consejo General del Instituto de Elecciones, y demás disposiciones legales aplicables; y

XII. Las demás que le confiera este Código y otras disposiciones legales aplicables, y las que en el ámbito de su competencia le asigne el Secretario Ejecutivo.

ANTECEDENTES

El catorce de junio de dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, número 299, tomo III; el Decreto número 181 del H. Congreso del Estado de Chiapas que contiene el actual Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, el cual en su artículo transitorio segundo, estableció la abrogación del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas aprobado mediante Decreto número 288, publicado en el Periódico Oficial 112, segunda sección, de 27 de agosto de 2008 y sus subsecuentes reformas.

ATRIBUCIONES

En cumplimiento al artículo 91 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas tendrá las siguientes atribuciones:

I. Elaborar y proponer a la Junta General Ejecutiva, previa opinión de la Comisión de Asociaciones Políticas, el anteproyecto del Programa de Vinculación y Fortalecimiento de las Asociaciones Políticas;
II. Proyectar la estimación presupuestal para cubrir las diversas modalidades de financiamiento público que corresponde a los Partidos Políticos y Candidatos Independientes, en términos de este Código, a efecto de que se considere en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto de Elecciones;
III. Elaborar y someter a la aprobación de la Comisión de Asociaciones Políticas, el anteproyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se determina el financiamiento público, así como los límites del
financiamiento privado para los Partidos Políticos y Candidatos Independientes, en sus diversas modalidades y realizar las acciones conducentes para su ministración;
IV. Apoyar las gestiones de los Partidos Políticos para hacer efectivas las prerrogativas que tienen conferidas en términos de este Código;
V. Vigilar los procesos de registro de las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse como Agrupaciones Políticas y realizar las actividades pertinentes;
VI. Verificar y supervisar el proceso de las organizaciones de ciudadanos para obtener su registro como Partido Político local y realizar las actividades pertinentes;
VII. Inscribir en los libros respectivos, el registro de las Agrupaciones Políticas y Partidos Políticos locales, así como los convenios de Fusión, Frentes, Coaliciones y Candidaturas Comunes;
VIII. Llevar el libro de registro de los integrantes de los órganos directivos de los Partidos Políticos y Agrupaciones Políticas y de sus representantes acreditados ante los órganos del Instituto de Elecciones, verificando que los procedimientos de designación se encuentren sustentados documentalmente, y notificar a la Comisión de Asociaciones Políticas sobre los periodos de renovación de los órganos directivos;
IX. Llevar los libros de registro de los candidatos a los puestos de elección popular;
X. Instrumentar las medidas tendentes a cerciorarse que las Asociaciones Políticas, mantienen los requisitos que para obtener su registro establece este Código;
XI. Revisar las solicitudes de registro de plataformas electorales, convenios de coalición y de candidatura común que presenten los Partidos Políticos y los Candidatos Independientes;
XII. Efectuar la revisión de las solicitudes de candidatos y sus respectivos anexos, así como en la integración de los expedientes respectivos;
XIII. Elaborar el proyecto de Acuerdo para determinar los topes máximos de gastos de campaña y precampaña;
XIV. Coadyuvar con la Comisión de Asociaciones Políticas en las tareas relativas a la organización de la elección de los dirigentes de los partidos políticos locales, cuando éstos lo soliciten; y
XV. Las que le confiera el Código, el Reglamento Interior y demás normatividad que emita el Consejo General.

 

DATOS DE CONTACTO
Periferico Sur Poniente #2185, Colonia Penipak, C.P. 29066 Tuxtla
Gutiérrez, Chiapas. Conmutador: (961) 26 400 20, 26 400 21, 26 400 22,
26 400 23; Extensión: 1503; 2020 Teléfono: 26 400 60.

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adrea.mendez@iepc-chiapas.org.mx



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