Secretaría Ejecutiva y del Consejo General
Ismael Sánchez Ruiz
Secretario Ejecutivo
Prerrogativas y Financiamiento
Financiamiento Público
La ley garantiza que los partidos políticos cuenten con elementos para llevar a cabo sus actividades y señala las reglas de su financiamiento, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas aprueba anualmente la proyección del monto del financiamiento público a otorgarse a los Partidos Políticos con registro y acreditación conforme a la normatividad vigente.
Conoce el financiamiento público aprobado de 2025
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE, A PROPUESTA DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA, SE APRUEBA LA DETERMINACIÓN DEL MONTO Y LA DISTRIBUCIÓN DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO A OTORGARSE EN EL EJERCICIO 2025 PARA EL SOSTENIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ACREDITADOS Y CON REGISTRO ANTE ESTE ORGANISMO ELECTORAL LOCAL.
Estructura
El Instituto residirá en la capital del Estado, y ejercerá sus funciones en todo el territorio estatal, a través de sus órganos centrales y desconcentrados.
* El Consejo General;
* Junta General Ejecutiva;
* Órganos Ejecutivos: La Secretaría Ejecutiva, la Secretaría Administrativa, así como las respectivas Direcciones
Ejecutivas;
* Órganos con Autonomía Técnica y de Gestión: La Contraloría General;
* Órganos Técnicos: Las Unidades Técnicas, y
* Órganos Desconcentrados: Los Consejos Distritales y Consejos Municipales.
El Instituto estará integrado además por órganos, operativos, técnicos y administrativos que sean determinados conforme a su reglamento interior y disponibilidad presupuestal.
Contará, además, con servidores públicos investidos de fe pública para actos de naturaleza electoral que conformarán la Oficialía Electoral del Instituto.
Fines
Son fines del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana:
* Contribuir al desarrollo de la vida democrática;
* Fortalecer el régimen de asociaciones políticas;
* Asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones;
* Garantizar la celebración periódica, auténtica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del * Congreso del Estado,
* Gobernador y miembros de ayuntamientos;
* Garantizar la realización de los instrumentos de participación ciudadana, conforme a este Código;
* Preservar la autenticidad y efectividad del sufragio;
* Promover el voto y la participación ciudadana;
* Difundir la cultura cívica democrática y de la participación ciudadana; y
* Contribuir al desarrollo y adecuado funcionamiento de la institucionalidad democrática, en su ámbito de atribuciones.
¿Qué es el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana?
El Instituto es el organismo público local electoral, autónomo, permanente, e independiente, dotado con personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la preparación y organización de los procesos electorales locales en función concurrente con el INE, así como los procedimientos relacionados con la participación ciudadana y los relativos a la elección de los órganos auxiliares municipales, en términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica Municipal.









