* La Constitución Federal señala que los mensajes de propaganda gubernamental NO pueden incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidora o servidor público.
* La Constitución Federal señala que los mensajes de propaganda gubernamental NO pueden incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidora o servidor público.
* Aprueban inicio de Procedimiento Ordinario Sancionador, por la probable promoción personalizada, expresamente prohibida por la norma electoral.
* Deberá realizar el retiro total de la imagen y nombre de toda propaganda institucional que se publicita en la página oficial de internet del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, así como en las distintas redes sociales.
* Tendrá un plazo de 48 horas para realizar el retiro.
* Las organizaciones interesadas podrán consultar la convocatoria en la página del IEPC: www.iepc-chiapas.org.mx.
* El formato de solicitud de registro está disponible en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas del IEPC, así como en la página de Internet del Instituto: Magdalena Vila.
* Las Agrupaciones Políticas Estatales son formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento de la cultura política.
* La presentación se realizó en el marco del inicio del “Curso-Taller de Capacitación en Medios Alternos de Solución de Conflictos” dirigido al personal del SPEN y rama administrativa del IEPC.
* Este libro surgió con la necesidad de narrar la historia del SPEN, cuyo reto fue escribirla con una visión académica y que no fuera un manual de recursos humanos: Rafael Martínez Puón.
* Se solicitarán las ampliaciones presupuestales del recurso faltante para el inicio del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.
* La propuesta de ajuste al presupuesto es acorde con el contexto que obliga a actuar con racionalidad y responsabilidad en los presupuestos públicos: Oswaldo Chacón.
* El Consejo General del IEPC declarará la procedencia o no, del registro como Partido Político Local a más tardar 60 días hábiles a partir de la solicitud formal que presente la organización.
* En colaboración con el INE se verificará la situación registral del número de personas afiliadas, y verificar el origen y egreso de los recursos que la organización utilizó para garantizar que no haya fuentes de financiación ilícita: Oswaldo Chacón.