Unidad Técnica de Vinculación con el INE

 

 

 

Es la encargada de promover, dar seguimiento e informar al Secretario Ejecutivo los acuerdos, convenios y disposiciones en el marco de las actividades de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral. Además de asegurar que la comunicación entre el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana y el Instituto Nacional Electoral, se lleve a cabo en el ámbito de sus respectivas competencias.


  “Consultas primer semestre de 2023”

Consultas por mes“Durante los meses que más consultas se recibieron fueron febrero y abril con diecisiete consultas cada una, lo equivalente al 26% para cada mes, seguido de los meses de enero y marzo con nueve consultas cada una, durante el mes de mayo se recibieron siete y durante el mes de julio se recibieron seis consultas. “

Consultas por OPL


“Durante los meses de enero a junio, el Organismo Público Electoral de Coahuila realizó nueve consultas y el OPL del estado de México siete consultas, los Organismos Públicos Electorales de Veracruz, Tabasco, Sonora, Quintana Roo, Querétaro, Oaxaca, realizaron una consulta cada uno, por otro lado, los OPL´s de Nayarit, Chihuahua, Tlaxcala, Sinaloa, Zacatecas, Guerrero, Tamaulipas y Estado de México realizaron consultas sobre el mismo tema que se dieron respuesta en conjunto. Durante este periodo este Instituto recibió la respuesta a cinco consultas realizadas.


Asunto de las consultas“¿Qué es lo que más consultaron los Organismos Públicos Locales en este primer semestre de 2023? Veintidós de las sesenta y cinco consultas recibidas corresponden a temas de Partidos Políticos (liquidación, constitución de partidos, prerrogativas, franquicias, saldos no ejercidos, entre otros) seguido de siete consultas referentes a la designación de funcionarias y/o encargadurías de despacho, las siguientes cinco consultas son relativas al Procedimiento de ejecución de sanciones económicas; tres consultas son referentes a sentencias de la SCJN; en cuanto al Concurso Públicos 2022-2023 surgieron dos consultas, al igual que documentación y material electoral y el Programa de Resultados Electorales Preliminares.

 

Reporte de Consultas
formuladas por los OPL durante el año 2022 
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FUNCIONES

Las atribuciones de la Oficina de Vinculación con el INE se encuentran establecidas en el Artículo 38 de Reglamento Interno del Instituto.

 

ARTICULO 38

La Unidad de Vinculación con el INE dependerá lineal y funcionalmente del Secretario Ejecutivo, y tendrá las atribuciones siguientes:

l.-Presentar al Secretario Ejecutivo para su acuerdo, el plan de trabajo de la coordinación para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones;
 
ll.-Acordar con el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia;

lll.- Auxiliar al Secretario Ejecutivo, en las actividades que de manera coordinada se realicen entre el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana y el Instituto Nacional Electoral, para el desarrollo de la función electoral; dando seguimiento respecto al calendario y al plan integral de coordinación que elabore el Instituto Nacional Electoral, para su adecuado cumplimiento;

lV.- Dar seguimiento e informar al Secretario Ejecutivo, respecto a las actividades consagradas en la Constitución Política Federal, las Leyes Generales y los Acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, para el cumplimiento de las funciones delegadas y no delegadas;

V. Dar seguimiento y promover el cumplimiento de los acuerdos, convenios y disposiciones en el marco de las actividades de vinculación con el Instituto Nacional Electoral o de las funciones que éste le delegue al Instituto para la organización de los procesos electorales locales, así como de cualquier otra función;

VI. Realizar en coordinación con la Unidad de Servicios Informáticos, un Sistema de información y seguimiento de todas las actividades del Instituto Nacional Electoral para conocimiento de todas las áreas del Instituto;

VII. Establecer los mecanismos de comunicación y seguimiento entre el Instituto y el INE para el desarrollo de la función electoral en su ámbito de competencia;

VIII. Dirigir junto a las Áreas correspondientes, la elaboración del marco normativo del Instituto para facilitar el ejercicio de las facultades que, en su caso, delegue el INE en el ámbito de sus atribuciones respecto a otros temas afines;

IX. Dirigir la implementación de las funciones que le corresponden al Instituto, en apego al marco normativo vigente, derivadas de la facultad que tiene el INE de atracción y asunción total o parcial;

X. Verificar el cumplimiento de los convenios celebrados por el Instituto con el INE o de las funciones que éste le delegue;

XI. Verificar la adecuada vinculación del Instituto con la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales y demás órganos del INE para el seguimiento de temas y actividades relacionados con la organización de procesos electorales;

XII.- Instrumentar los mecanismos y gestiones para la celebración de los convenios que asuman el Instituto y el INE para facilitar el desarrollo de los procesos electorales, en coordinación con su Comisión correspondiente;

XIII.- Remitir la información a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales del INE, para contribuir en la elaboración del Plan y Calendario Integral del Proceso Electoral Local;

XIV. Capturar la información en los sistemas informáticos establecidos por el INE para el seguimiento de las actividades relevantes realizadas por el Instituto.

 XV. Elaborar los informes que presente el Instituto al INE, relativo al ejercicio de facultades delegadas u otras materias relevantes;

XVI. Proponer el marco normativo del Instituto, así como la actualización de éste, para facilitar el ejercicio de las facultades que, en su caso, delegue el INE en el ámbito de sus atribuciones respecto a otros temas afines;

XVII. Realizar los estudios e informes que le solicite el Secretario Ejecutivo, respecto al cumplimiento de las actividades coordinadas con el Instituto Nacional Electoral en la parte operativa;

XVIII. Auxiliar al Secretario Ejecutivo, en la elaboración de anteproyectos de acuerdos y disposiciones necesarias para la organización de los procesos electorales derivados de la coordinación con el Instituto Nacional Electoral; y
XIX. Las demás que le confiere el Código y otras disposiciones aplicables.