La Unidad Técnica de Género y No Discriminación del Instituto, depende lineal y funcionalmente de la Secretaría Ejecutiva de este organismo electoral, y tendrá las atribuciones siguientes:

  1. Coordinar e implementar la elaboración del programa institucional para la igualdad entre mujeres y hombres en el instituto.
  2. Impulsar la perspectiva de género y no discriminación como política institucional;
  3. Coordinar acciones con otros organismos, en materia de género y no discriminación, vinculados a la materia electoral;
  4. Difundir los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos, en su ámbito de competencia;
  5. Proponer al consejo general, observaciones y modificaciones a la legislación electoral en materia de género y no discriminación;
  6. Actuar como órgano de consulta y asesoría del instituto, en materia de equidad de género, no discriminación y de igualdad de oportunidades;
  7. Fungir como Secretario Técnico de la Comisión Especial de Género y No Discriminación;
  8. Promover, difundir y publicar información en materia de derechos de las mujeres y no discriminación, de acuerdo a su ámbito de competencia.
  9. Emitir informes de evaluación periódica para dar cuenta de resultados en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y políticas ejecutadas por el instituto, en cumplimiento al programa institucional, que en su momento apruebe el consejo general;
  10. Promover estudios e investigaciones para instrumentar un sistema de información, registro, seguimiento y evaluación de la situación de mujeres y hombres en su ámbito de competencia;
  11. Propiciar espacios laborales libres de violencia en atención al protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual o laboral.
  12. Las demás que le confiera el Código y otras disposiciones aplicables.

La Unidad Técnica de Oficialía Electoral es el órgano técnico que depende linealmente de la Secretaría Ejecutiva; tiene como función principal dar fe pública sobre actos o hechos de naturaleza electoral, mediante el levantamiento de actas circunstanciadas a solicitud de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, Órganos Ejecutivos del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana y Partidos Políticos acreditados ante el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas. Así también expide copia certificada, previo cotejo y compulsa, de todos aquellos documentos que obren en los archivos de la Unidad, solicitadas por la Secretaría Ejecutiva y la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias.

¿Qué es la fe pública electoral?

La fe pública electoral es un Atributo del Estado ejercido a través de la función de Oficialía Electoral por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, mediante el cual se deja constancia del modo, tiempo y lugar de los actos o hechos de naturaleza electoral que estén aconteciendo, para garantizar que los mismos son ciertos.

¿A quién le corresponde la función de Oficialía Electoral?

La función de Oficialía Electoral es de orden público, cuyo ejercicio corresponde al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, a través del Secretario Ejecutivo, quien a su vez delega dicha función en el Titular o Encargado de la Unidad Técnica de Oficialía Electoral.

Las atribuciones de la Unidad Técnica de Oficialía Electoral, se encuentran establecidas en el artículo 37 del Reglamento Interno y en el Reglamento de Oficialía Electoral, ambos instrumentos del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas.

Es un Órgano Administrativo que contribuye a la función directiva del Instituto; y dentro de sus facultades están el establecimiento de objetivos, la formulación de estrategias, el desarrollo de planes de acción, la coordinación y análisis del desempeño de metas y objetivos.

La Unidad de Planeación trabaja con iniciativas que permitan seguir evolucionado los mecanismos para planear y dar seguimiento a la operación continua y cotidiana en el Instituto.

Funciones:
Coordinar la integración y análisis de los proyectos institucionales, a fin de que éstos sean consolidados en el Sistema Integral de Administración Hacendaria Estatal.
Coordinar la elaboración de planes y programas del Instituto Electoral.

Evaluar y dar seguimiento a los proyectos institucionales de los órganos directivos centrales, ejecutivos, operativos, técnicos y administrativos del Instituto.
Evaluación del Desempeño.

La Evaluación del Desempeño es una herramienta complementaria al Presupuesto Basado en Resultados, mediante el cual se alinean los proyectos institucionales a los objetivos estratégicos y las metas establecidas.

Los mecanismos de monitoreo y evaluación de los resultados alcanzados por los proyectos se realizara a través de la Matriz de Indicadores para Resultados.

Documentos adjuntos

 

  Indicadores de Resultados Segundo Trimestre 2024
  Indicadores de Resultados Primer Trimestre 2024
  Indicadores de Resultados Cuarto Trimestre 2023
  Indicadores de Resultados Tercer Trimestre 2023
  Indicadores de Resultados Segundo Trimestre 2023
  Indicadores de Resultados Primer Trimestre 2023 
  Indicadores de Resultados Cuarto Trimestre 2022
  Indicadores de Resultados Tercer Trimestre 2022
  Indicadores de Resultados Segundo Trimestre 2022
  Indicadores de Resultados Primer Trimestre 2022 
  Avance de Indicadores Estrategicos 1er Trimestre 2022
  Indicadores de Resultados Cuarto Trimestre 2021
  Indicadores de Resultados Tercer Trimestre 2021
  Indicadores de Resultados Segundo Trimestre 2021
  Indicadores de Resultados Primer Trimestre 2021
  Indicadores de Resultados Cuarto Trimestre 2020
  Indicadores de Resultado Tercer Trimestre 2020
  Indicadores de Resultado Segundo Trimestre 2020
  Indicadores de Resultado Primer Trimestre 2020
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-JUNIO EJERCICIO 2020.
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-MARZO EJERCICIO 2020.
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES OCTUBRE-DICIEMBRE EJERCICIO 2019.
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES JULIO-SEPTIEMBRE EJERCICIO 2019.
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ABRIL- JUNIO EJERCICIO 2019.
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-MARZO EJERCICIO 2019
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-SEPTIEMBRE EJERCICIO 2018
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-JUNIO EJERCICIO 2018
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-MARZO EJERCICIO 2018
  AVANCE DE CUMPLIMIENTO DE LA MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS POR PROYECTOS INSTITUCIONALES ENERO-DICIEMBRE EJERCICIO 2017

 

 

           

                









Definición  del derecho humano a la información:

Toda la información generada, obtenida, adquirida transformada o en posesión del IEPC es pública y accesible a cualquier persona.

“Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir ideas de toda índole por cualquier medio de expresión” (artículo 6 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).

El derecho a la información se configura como:

•    Garantía social: transparencia como mecanismo de control institucional.
•    Garantía individual: acceso a la información.

Objetivo

Coordinar y vincular las acciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.

Funciones

•    Recabar y difundir la información sobre las obligaciones de transparencia.
•    Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información, así como las de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales que se presenten y darles seguimiento hasta la resolución que de fin a las mismas.
•    Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y/o de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales que se presenten y, en su caso, orientarlos sobre los Sujetos Obligados competentes a la normatividad aplicable.
•    Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia de la gestión en cualquiera de las solicitudes que sean presentadas, conforme a la normatividad aplicable.
•    Llevar un registro de las solicitudes, sus respuestas y resultados, así como los costos de reproducción y envío.
•    Derivado de solicitudes de acceso a la información, verificar que la información solicitada no se encuentre clasificada.
•    Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad.
•    Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del IEPC.
•    Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones de transparencia.

o    Ventana de Solicitud de Acceso a la Información

o    Enlace a las obligaciones de transparencia

Obligaciones comunes (artículo 85 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Chiapas)
    I. Marco normativo
    II. Estructura orgánica
    III. Facultades de cada área
    IV. Metas y objetivos de cada área
    V. Indicadores de temas de interés público
    VI. Indicadores de rendición de cuentas
    VII. Directorio de servidores públicos
    VIII. Remuneraciones
    IX. Gastos de representación y viáticos
    X. Plazas vacantes
    XI. Servicios profesionales por honorarios
    XII. Declaraciones patrimoniales de los servidores públicos
    XIII. Domicilio de la Unidad de Transparencia
    XIV. Convocatorias para cargos públicos
    XV. Programas de subsidios, estímulos y apoyos
    XVI. Condiciones generales de trabajo
    XVII. Información curricular de servidores públicos
    XVIII. Servidores públicos sancionados
    XIX. Servicios que ofrece el INE
    XX. Trámites, requisitos y formatos
    XXI. Presupuesto
   XXII. Deuda pública
   XXIII. Gastos en comunicación social
    XXIV. Auditorías
    XXV. Estados financieros dictaminados
    XXVI. Personas físicas y morales que ejercen recursos públicos
    XXVII. Concesiones, permisos y autorizaciones
    XXVIII. Licitaciones, procedimientos y contratos
    XXIX. Informes por disposición legal
    XXX. Estadísticas institucionales
    XXXI. Informes presupuestales
    XXXII. Padrón de proveedores y contratistas
    XXXIII. Convenio con los sectores social y privado
    XXXIV. Inventario de bienes del INE
    XXXV. Recomendaciones emitidas por órganos públicos en materia de derechos humanos
    XXXVI. Resoluciones y laudos de procedimientos seguidos en forma de juicio
    XXXVII. Mecanismos de participación ciudadana
    XXXVIII. Programas a población objetivo
    XXXIX. Actas y resoluciones del Comité de Transparencia
    XL. Evaluaciones y encuestas a programas financiados
    XLI. Estudios financiados con recursos públicos
    XLII. Listados de jubilados y pensionados
    XLIII. Ingresos y destino de recursos
    XLIV. Donaciones realizadas
    XLV. Catálogo y guía de archivos
    XLVI. Actas y sesiones de los consejos consultivos
    XLVII. Listado de solicitudes a empresas concesionarias de telecomunicaciones
   XLVIII. Información de interés público
    XLIX. Solicitudes de acceso a la información pública recibidas y sus respuestas

Obligaciones específicas (artículo 91 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Chiapas)
a. Listado de partidos políticos, asociaciones y agrupaciones políticas o de ciudadanos
b. Informes de partidos políticos, asociaciones y agrupaciones políticas o de ciudadanos
c. Geografía y cartografía electoral
d. Registro de candidatos.
e. Catálogo de medios de comunicación, pautas y spots
f. Financiamiento público a partidos políticos, asociaciones y agrupaciones políticas o de ciudadanos
g. Encuestas electorales
h. Programa de Resultados Electorales Preliminares PREP
i. Cómputos electorales
j. Resultados y declaraciones de validez de las elecciones
k. Franquicias postales y telegráficas para partidos políticos
l. Voto de los chiapanecos residentes en el extranjero
m. Pérdida de registro de partidos políticos nacionales y locales
n. Monitoreo de medios
ñ. Programas institucionales en materia de capacitación, educación cívica y fortalecimiento de los partidos políticos

Qué és el Servicio Profesional Electoral

El Servicio Profesional Electoral  es un sistema de carrera compuesto por los procesos de selección, ingreso, profesionalización, capacitación, promoción, evaluación, cambios de adscripción, rotación y permanencia; así como disciplina o procedimiento laboral, que tiene como fin asegurar el desempeño profesional de los servidores públicos del Instituto, procurando que éstos adquieran o incrementen los conocimientos, habilidades y aptitudes, para el buen desempeño de las actividades que les encomienden, que permita a su vez, que el Instituto cumpla con su función electoral.

UNIDAD DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL
 Es el Órgano de Enlace que coadyuva en el desarrollo del Servicio Profesional Electoral en el Instituto. Es la responsable en coordinación con el INE, del ordenamiento, regulación, organización, operación, desarrollo y evaluación del personal de carrera, así como el desempeño de los integrantes del servicio profesional electoral.

Objetivo:

Dirigir, organizar, coordinar y preservar los sistemas de control y seguimiento permanente del Servicio Profesional Electoral Nacional en coordinación con el INE y lo relativo a la profesionalización del Personal de la Rama Administrativa.
 Atribuciones de la Unidad del Servicio Profesional Electoral.
 
Dirige, controla y ejecuta las acciones estratégicas del Servicio Profesional Electoral, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, el Catálogo de Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional y a los lineamientos que emita el INE,  para la selección, capacitación y profesionalización de acuerdo con la normatividad que emita el INE, coordinando la participación de las áreas del IEPC en lo relativo al Servicio Profesional Electoral.