INTRODUCCIÓN
El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, del año 1994 a la fecha, ha sido testigo de tres procesos de distritación en el ámbito local:
El primero fue en 1995, aprobado por el H. Congreso de Estado, en el cual el número de distritos que eran 20, pasaron a ser 24
El segundo en 2016; cabe mencionar que, hasta el año 2015, no hubieron distritaciones al marco geográfico local; asunto que conllevó a que durante 9 procesos electorales locales ordinarios, hubiese desproporción, desequilibrio e inadecuada distribución del número de habitantes, así como de ciudadanas y ciudadanos en el padrón lista nominal de electores de cada distrito.
El tercero en este 2022, tomando como base el Censo Nacional de Población y Vivienda 2020
NORMATIVIDAD
Artículo 2, CPEUM
Obligación del Estado Mexicano para adoptar medidas para garantizar los derechos y preservar la identidad de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, bajo mecanismos que aseguren su libre determinación y autonomía.
Artículo 41, CPEUM
Atribución del Instituto Nacional Electoral (INE), para determinar las demarcaciones distritales federales y locales.
Artículo 53, CPEUM
Reguladores del proceso de consulta indígena (principalmente el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo)
Constituciones políticas de las entidades federativas en cuanto a distritos locales.
CRITERIOS PARA LA DISTRITACIÓN
El Acuerdo INE/CG1466/2021, estableció entre otros aspectos, Criterios a observar para la distribución de la demarcación territorial de los Distritos Electorales Locales Uninominales, los cuales fueron los siguientes:
OBJETIVOS
Dividir el territorio en el número de distritos que determina la Constitución Política Local
Definir los límites distritales con rigor técnico, neutralidad política y apego a la normatividad
Integrar cada distrito electoral con un número semejante de población
Preservar las identidades políticas y culturales, hasta donde sea posible
CONSTRUCCIÓN DE LA DISTRITACIÓN
Con base en el Censo Nacional de Población y Vivienda efectuado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el año 2020 y en los criterios ya citados, el INE, coordinó los trabajos de distritación
COMPARATIVO DE LAS DISTRITACIONES 2022 VS 2016
CABECERAS DISTRITALES 2022 VS 2016
DATOS DE LA DISTRITACIÓN 2022
DISTRITACIÓN LOCAL 2022
https://www.iepc-chiapas.org.mx/distritacion-2021-2023#sigProId789f93e799
INFORMACIÓN NORMATIVA, ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA
Acuerdo
Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el aprueba el proyecto de demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide el estado de Chiapas y sus respectivas cabeceras distritales
Anexo
Descriptivo de la distritación local 2022 Cabeceras distritales, municipios y secciones electorales que conforman a cada uno
COMENTARIOS FINALES
13 de octubre de 2022 La Junta General Ejecutiva del INE, mediante Acuerdo INE/JGE194/2022, sometió a consideración de su Consejo General, la distritación local para Chiapas.
19 de octubre de 2022 El Consejo General del INE, aprobó el Acuerdo INE/CG637/2022 referente a la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide el Estado de Chiapas y sus respectivas cabeceras distritales.
Importante fue: El consenso de todas las representaciones de los partidos políticos para proponer al Comité el escenario distrital local aprobado.