Con motivo de la aprobación de los nuevos formatos de presentación de declaraciones patrimoniales y de intereses por parte del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, y el acuerdo publicado el 24 de diciembre de 2019, en el que se determina que a partir del 1 de mayo de 2021, serán operables los mencionados formatos en el ámbito local, la contraloria general establece los mecanismos necesarios para afrontar el gran reto que conlleva que todas las personas servidoras públicas del IEPC, conozcan el nuevo sistema para la presentación de sus declaraciones patrimoniales y de intereses que les correspondan.
Consulta la guía rápida para realizar la declaración de situación patrimonial y de intereses en el siguiente enlace:
https://declara.iepc-chiapas.org/manuales/guia_rapida.pdf
¿QUIÉNES SON SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES?
De acuerdo con lo que señala el último párrafo del artículo 108 Constitucional, así como a lo indicado en la fracción XXV, del artículo 3º, y artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, están obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las Secretarías o su respectivo Órgano Interno de Control, todas las personas servidoras públicas, es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo, cargo o comisión dentro de la Administración Pública ya sea en el orden municipal, de alcaldía, estatal y federal, así como dentro de los poderes Legislativo, Judicial y Organismos Autónomos, para lo cual, cada uno de dichos entes cuenta con sus propios sistemas de recepción de declaraciones patrimoniales y de intereses.
¿CÓMO SE PRESENTA LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES?
A través del sitio “Declara IEPC”, administrado por la contraloria general .
¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL QUE EXISTEN Y CUÁNDO DEBE HACERSE SU PRESENTACIÓN?
De acuerdo a lo señalado en el artículo 33 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas son los siguientes:
Declaración inicial, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
a) Ingreso al servicio público por primera vez.
b) Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo.
Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año.
Declaración de conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.
En el caso de cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se dará aviso de dicha situación y no será necesario presentar la declaración de conclusión.
¿CUÁNDO DEBE PRESENTARSE LA DECLARACIÓN DE INTERESES?
La declaración de intereses deberá presentarse en los plazos a que se refiere el artículo 33 de la Ley y de la misma manera le serán aplicables los procedimientos establecidos en dicho artículo para el incumplimiento de tales plazos.
También deberá presentarse la declaración en cualquier momento en que las personas Servidoras Públicas, en el ejercicio de sus funciones, considere que se puede actualizar un posible conflicto de intereses, para lo cual estará habilitada una casilla para llevar a cabo la mencionada actualización a través del sistema.
¿QUÉ TIPO DE DOCUMENTACIÓN DEBO TENER A LA VISTA PARA EL LLENADO DE MI DECLARACIÓN?
1. Clave Única de Registro de Población (CURP) emitida por la Secretaría de Gobernación.
2. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
3. Acta de matrimonio.
4. Comprobante de domicilio.
5. Currículo vitae.
6. Recibo de nómina y/o declaración fiscal.
7. Escrituras públicas y/o contratos de bienes inmuebles.
8. Factura de vehículos y bienes muebles.
9. Contratos y estados de cuenta bancarios.
10. Contratos y estados de cuenta de gravámenes y adeudos.
11. Comprobante de percepción de sueldo o de otro tipo de ingreso.
12. Actas constitutivas de sociedades y asociaciones.
13. Cualquier otro documento necesario para las Declaraciones.
¿SI SOY SERVIDOR PÚBLICO DE CATEGORIA MENOR A JEFE DE DEPARTAMENTO U HOMÓLOGO, TENGO QUE PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL COMPLETA ?
Si, en el caso de que se desempeñe con un nivel menor a Jefe de Departamento u homólogo, deberá presentar su declaración patrimonial y de intereses, reportando los siguientes rubros:
1. Datos Generales.
2. Domicilio del Declarante.
3. Datos Curriculares.
4. Datos del empleo, cargo o comisión.
5. Experiencia laboral.
6. Ingresos netos del Declarante.
7. ¿Te desempeñaste como servidor público el año inmediato anterior? (sólo en la declaración de inicio y conclusión).
¿DÓNDE PUEDO CONSULTAR LAS NORMAS E INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO Y PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES PATRIMONIALES Y DE INTERESES?
El Formato, Normas e Instructivo de llenado se encuentran publicados en el Diario Oficial de la Federación del día 23 de septiembre de 2019, en la liga electrónica: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5573194&fecha=23/09/2019