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La Autoridad Garante OIC del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana está a cargo de la Contraloría General (OIC).
Su función principal es garantizar el ejercicio de los derechos humanos de acceso a la información pública y de protección de datos personales, respecto a la información que se encuentra en posesión del Instituto.
Este órgano es colegiado y está integrado por tres personas servidoras públicas, designadas por la persona titular de la Contraloría General.
Para el desarrollo de sus funciones, cuenta con una Secretaría Técnica, a cargo de una persona servidora pública designada por la persona titular de la Contraloría General, quien ejerce las atribuciones establecidas en los artículos 12 y 13 de los Lineamientos de la Autoridad Garante OIC del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
Documentación de la Autoridad Garante OIC
Integración de la Autoridad Garante OIC |
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| Lic. Enoch Cancino Pérez | Titular de la Contraloría General y Presidente de la Autoridad Garante OIC. | |
| Mtro. Eliazar Ramírez Torres |
Encargado de la Autoridad de Auditoría, Control y Fiscalización de la Contraloría General. | |
| Lic. Dulce Violeta Cortes de la Cruz | Encargada de la Autoridad Substanciadora y Resolutora de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General. | |
Funciones de la Autoridad Garante OIC
- Emitir criterios de interpretación vinculantes para el Instituto, que deriven de lo resuelto en los recursos de revisión en las materias de acceso a la información pública y ejercicio de derechos ARCOP;
- Recibir, sustanciar y resolver los recursos de revisión en materia de acceso a la información pública y ejercicio de derechos ARCOP, cuya resolución es vinculatoria, definitiva e inatacable para el Instituto;
- Establecer las políticas de transparencia en el Instituto con sentido social, para lo cual podrá solicitar el apoyo de la Unidad de Transparencia;
- Promover y difundir el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, así como fomentar la cultura de la transparencia, en los términos de las leyes en la materia;
- Participar en foros, reuniones, eventos, convenciones y congresos con organismos nacionales e internacionales en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;
- Coordinar con la Unidad de Transparencia las actividades de capacitación y actualización de forma permanente, a todas las personas servidoras públicas del Instituto, en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;
- Verificar de oficio o a petición de las personas particulares, el cumplimiento que el Instituto debe dar al Título Quinto de la Ley de Transparencia;
- Coordinar con la Unidad de Transparencia del Instituto el establecimiento de las medidas que faciliten el acceso y búsqueda de la información para personas con discapacidad, procurando que la información publicada sea accesible de manera focalizada a personas que hablen alguna lengua indígena;
- Recibir, sustanciar y resolver las denuncias por incumplimiento de Obligaciones de Transparencia del Instituto;
- Validar las fracciones del artículo 65 de la Ley de Transparencia que le resultan aplicables al Instituto, previamente informadas por este;
- Vigilar y verificar en el Instituto el cumplimiento de las disposiciones en materia de protección de datos personales;
- Tramitar, sustanciar y resolver los procedimientos de verificación en materia de protección de datos personales, de oficio o a petición de parte, en los términos de la Ley de Datos Personales y demás normatividad aplicable.








