Page 50 - Memoria Electoral Ejecutiva - Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018
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PROCESO ELECTORAL 2017- 2018
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Para la Elección de Gobernador del Estado, el artículo 196, numeral 2, fracción I, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana señala que el tope de gastos de campaña será equivalente al financiamiento público otorgado para todos los partidos en el año de la elección.
Ahora bien, para las campañas electorales de Diputados Locales y Miembros de Ayuntamientos, el numeral 3, del artículo antes mencionado señala que ten- drán un tope de gastos que fijará el Instituto para cada campaña, en razón a los estudios que el propio Instituto realice.
En ese sentido, y toda vez que la integración de los distritos electorales uninominales locales fue sujeta a una reconfiguración por parte del Instituto Nacio- nal Electoral, en atención a las atribuciones que le fue conferida por el artículo 41, base V, apartado B, inciso a), numeral 2, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo y en atención a la creación de los Municipios Capitán Luis Ángel Vi- dal y Rincón Chamula San Pedro, mediante decreto 237, del Congreso del Es- tado, se hace necesario readecuar dichas determinaciones conforme a los nue- vos distritos electorales, así como a los municipios de nueva creación, y se toma como referencia para el cálculo de estos el acuerdo IEPC/CG-A/017/2018 donde se emiten las variables y el estudio que servirán de base para la determinación de los topes de gastos de campaña para la elección de diputados y miembros de ayuntamientos en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.
De esta manera y conforme a las variables aprobadas mediante Acuerdo IEPC/ CG-A/A-017/2018, las mismas sirven de base para la realización del estudio antes mencionado. En tal sentido, y a propuesta de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, mediante Acuerdo del Consejo General IEPC/CG- A/041/2018, de fecha 01 de marzo del año en curso, se aprueban los topes de gastos de campañas electorales que deberán observar los partidos políticos, coaliciones y sus precandidatos en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017- 2018, en el que se elige al Gobernador del Estado, Diputados Locales y Miem- bros de Ayuntamientos.

