Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana

Con fecha 29 de junio de 2016, publica en el Periódico Oficial del Estado, número 244, Tomo III, Decreto número 232, la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Elecciones y Participación Ciudadana. Entre las cuales, la creación de la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana.

Con las siguientes atribuciones, Artículo 156 bis C.E y P.C.

I. Elaborar y proponer a la Comisión de Participación Ciudadana, los programas de capacitación en materia de Participación Ciudadana, así como el contenido de los planes de estudio, materiales, manuales e instructivos de educación, capacitación, asesoría y comunicación de los Órganos de Representación Ciudadana, Organizaciones Ciudadanas, y ciudadanía en general;

II. Instrumentar los programas en materia de Participación Ciudadana;

III. Elaborar y proponer a la Comisión de Participación Ciudadana, los proyectos de convocatoria que deba emitir el Instituto Electoral, con motivo del desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana previstos en la legislación aplicable;

IV. Coordinar las procedimientos de participación ciudadana; y

V. Las demás que le confiera este código y la normatividad aplicable.